TRACONSA VELA PARA EL CORRECTO CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN LA PISCINA DE TU COMUNIDAD 

El RD 742/2013, y el Decreto 485/2019 a nivel andaluz, rigen las condiciones de calidad y de seguridad que deben cumplir las piscinas de uso colectivo y áreas complementarias de las zonas de baño. 

No solo las piscinas públicas, de hoteles, alojamientos turísticos, centros deportivos… deben llevar un control de calidad del agua de los vasos y elaborar la documentación de referencia para dicho control. En territorio andaluz, todas las comunidades de propietarios de más de 20 viviendas, están obligadas a hacerlo. Además cualquier comunidad de propietarios con piscina está obligada a realizar una diagnosis de control de plagas en la zona de baño, independientemente del número de viviendas con las que cuente 

Traconsa se ocupa de los controles físico-químicos y microbiológicos mensuales de todo tipo de piscinas. Además es especialista en la elaboración del Protocolo de Autocontrol, y en asesoramiento con respecto a las necesidades técnicas e higiénico-sanitarias que deben cumplir los vasos para adecuarse a la normativa. Del mismo modo, imparte formación al respecto al personal implicado en el proceso: mantenedores de piscinas, personal responsable de la comunidad de propietarios y personal responsable de administradores de fincas para explicar y definir claramente las condiciones de seguridad, las actividades a realizar entre personal propio y empresas subcontratadas y las funciones que deben llevar a cabo los agentes implicados para un correcto control y seguridad de las piscinas de uso colectivo 

Para más información llama al 950 25 25 25 o a través de  traconsa@traconsa.com 

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